Terms and Conditions
Política de cancelación
- El cliente puede cancelar la reserva o mover la fecha de reserva de forma gratuita hasta 30 días antes de la fecha de llegada. El cliente tendrá que pagar el precio total si cancela durante los 30 días antes de la fecha de llegada.
- Si el cliente no se presenta tendrá que pagar el precio total.
- El cliente tendrá que pagar por adelantado el precio total durante los 30 días antes de la fecha de llegada. Solo puede cargar el pago por adelantado del cliente 30 días antes de la llegada.
- Si desea mover la fecha de reserva ya pasado los 30 días antes de la reserva lo puede hacer mínimo con 10 días de antelación a su reserva y pagar una multa de COP $150.000 para mover la fecha en los días disponibles que se disponga en el momento, solo se puede mover la fecha 1 sola vez, en caso que no se presente o no pueda asistir en la fecha acordada perderá su reserva.
Prohibiciones
- El ingreso de menores de edad solo es permitido si vienen acompañados de sus padres, de lo contrario esta prohibido.
- Estamos en contra de la explotación sexual y discriminación alguna de estas causales dará expulsión del alojamiento y se cargara el 100% de su reserva.
- Intento daño a la propiedad valor mínimo a pagar COP$1.000.000

Mascotas en Botánico Glamping
Las mascotas son aceptadas y bienvenidas en Botánico Glamping, pero los dueños son responsables de sus actos por lo tanto cualquier daño causado a la propiedad o subirlos a las camas o muebles del lugar tendrá una multa de COP $500.000.
Contrato de alojamiento Botánico Glamping
1. OBJETO. Por virtud del presente contrato el establecimiento Botánico Glamping, en adelante el HOTEL le prestará alojamiento al HUESPED en la habitación y sus accesorios, a cambio de un precio, por el número de días indicados en la Tarjeta de Registro Hotelero. En ningún caso el término podrá ser superior a 30 días consecutivos. 1.1.- La habitación será la que se indique en la Tarjeta de Registro Hotelero. El HOTEL podrá efectuar un cambio de habitación si el huésped lo acepta y se trata de una habitación de iguales o mejores condiciones, o ante una situación de caso fortuito o fuerza mayor. 1.2.- La hora de ingreso o check in es a partir de las 15:00 (3:00 pm) del día de llegada y la hora de salida o check out es hasta las 12:00 (12:00 pm) del día de salida. El periodo de tiempo comprendido entre una y otra hora corresponde al día hotelero. El ingreso anticipado o la salida con posterioridad a la hora indicada estará sujeta a disponibilidad y el HUESPED deberá pagar el valor correspondiente. 1.3.- El alojamiento se prestará con independencia del tiempo que efectivamente permanezca el HUESPED en la habitación. El uso parcial causa el pago de la tarifa plena. 1.4.- La prestación de los servicios objeto del contrato y de aquellos complementarios que ofrezca el hotel estará sujeta a disponibilidad y a los horarios, turnos o existencias físicas de los insumos, bienes, facilidades o espacios para ella.
La habitación y el precio o tarifa por noche será la que se indique en la Tarjeta de Registro Hotelero y que corresponde a la reserva.
2. PRECIO. 2.1.- El precio del presente contrato corresponde al canon por noche que el HUESPED se obliga a pagar y que asciende a la suma que se indica en la Tarjeta de Registro Hotelero y corresponde a la reserva efectuada, todo lo cual se describirá en la factura correspondiente, salvo que la reserva se haya realizado y pagado a través de una agencia de viajes, en cuyo caso la tarifa será la que se haya acordado directamente con la agencia.
2.2.- EL HUESPED deberá pagar también todos los cargos por concepto de alimentos, bebidas, lavandería y en general por todos aquellos que se generen durante su estadía y que decida cargar a su cuenta. 2.3.- El HUESPED declara que ha sido informado de las tarifas, cánones y en general precios de las habitaciones por noche. 2.4.- El incumplimiento del pago acordado generará a cargo del HUESPED intereses de mora a la tasa máxima permitida.
3. CUSTODIA DE DINERO Y OBJETOS DE VALOR. De conformidad con el artículo 1195 del Código de Comercio, los HUÉSPEDES podrán entregar bajo recibo al HOTEL dinero y objetos de valor para su custodia. Para tal efecto, la entrega deberá hacerse ante el funcionario designado por el HOTEL y necesariamente deberá levantarse un acta donde se relacione el dinero o los objetos entregados. La responsabilidad del HOTEL será la del depositario, en los términos del artículo 1196 del Código de Comercio. Los objetos de valor como joyas, cámaras, dinero, computadores, celulares, equipos o utensilios que permanezcan en la habitación o áreas de servicios diferentes a las que el HOTEL dispone para depósito, estarán bajo el único riesgo del HUESPED ya que en este caso el HOTEL no asume responsabilidad alguna, en caso de pérdida o deterioro.
4.- OBLIGACIONES. 4.1.- DEL HOTEL. 4.1.1.- Prestar el servicio objeto del contrato. 4.1.2.- Atender, recibir, tramitar y responder las sugerencias, quejas o reclamos presentados por el huésped. 4.1.3.- Custodiar el dinero y los objetos de valor que el huésped le haya entregado bajo recibo para su custodia, en los términos del artículo 1195 del Código de Comercio. 4.1.4.- Las demás establecidas a su cargo en la Ley. 4.2.- DEL HUESPED. 4.2.1.- Identificarse para registrarse en el HOTEL con documento de identidad idóneo, presentando su cédula de ciudadanía en caso de ser colombiano o su pasaporte o documento aplicable tratándose de extranjeros. Para menores de edad, deberá presentarse documento de identificación válido. 4.2.2.- Pagar el valor del hospedaje más los impuestos correspondientes. 4.2.3.- Pagar el valor de todos los consumos y cargos que haya hecho a su cuenta. 4.2.4.- Observar una conducta decorosa y vestir de manera apropiada. 4.2.5.- Responder hasta la culpa leve de sus obligaciones y las de sus acompañantes o invitados. 4.2.6.- Registrar en la recepción del hotel a todos los acompañantes o invitados del HUESPED que se dirijan a su habitación y pagar el canon o valor correspondiente por cada uno de ellos. 4.2.7.- Respetar el número de personas por habitación. 4.2.8.- EL HUÉSPED reconoce que la práctica de deportes, ejercicios físicos, conducción de naves o vehículos, utilización de instrumentos o herramientas y en general toda actividad que signifique un riesgo o que pueda considerarse como actividad peligrosa, será decisión suya, bajo su exclusiva responsabilidad e implica que el HUÉSPED cuente con las habilidades y el conocimiento que le permite asumir dichos riesgos, exonerando al HOTEL y a sus funcionarios o empleados de cualquier responsabilidad en caso de que sufra cualquier daño o lesión. 4.2.9.- Utilizar los muebles, enseres, equipos y en general las facilidades tanto de la habitación como del HOTEL, de manera adecuada conservándolas en el estado en que se encuentren y por tanto responderá por cualquier daño o pérdida de los elementos y bienes del HOTEL, hasta por la culpa leve. En caso de pérdida o daño total o parcial de los bienes del HOTEL por causa atribuible al HUÉSPED o a sus acompañantes, el HUÉSPED deberá pagar el precio correspondiente a su reparación o reposición, según el caso. 4.2.10.- Respetar la autoridad del Gerente del HOTEL. 4.2.11.- Permitir el derecho de inspección y/o vigilancia a la habitación por parte de funcionarios del HOTEL. Este derecho se ejercerá de manera razonable e incluye la facultad de penetrar o registrar la habitación cuando a juicio del Gerente del HOTEL sea preciso. 4.2.12.- Permitir a los empleados y funcionarios del HOTEL el acceso para labores de rutina y limpieza de la habitación.
5. TERMINACIÓN DEL CONTRATO. El contrato de hospedaje terminará en los siguientes eventos: 5.1- Por vencimiento del plazo pactado. 5.2.- Por incumplimiento de cualquiera de las obligaciones a cargo de las partes y puntualmente por el incumplimiento del pago del precio o canon a cargo del HUESPED o por incumplimiento del pago de los alimentos y bebidas o demás servicios complementarios que el HUESPED hubiera cargado a la habitación o a su cuenta personal. 5.3.- En los eventos en que, a juicio exclusivo del HOTEL, el comportamiento o la indumentaria del HUESPED atente contra la tranquilidad y/o salubridad de los demás huéspedes o de los visitantes del HOTEL. 5.4.- Por fumar en la habitación o en cualquier otro espacio libre de humo del hotel, cuando se afecten otros huéspedes, visitantes o usuarios y sin perjuicio del pago que deberá hacer en los términos que se establecen más adelante. Parágrafo: La terminación del contrato no exonera ni libera al HUESPED del pago de los saldos pendientes.
6. EFECTOS DE LA TERMINACIÓN. 6.1.- A la terminación del contrato el HOTEL podrá disponer libremente de la habitación. 6.2.- A la terminación del contrato y con independencia de la causa de terminación, el HOTEL queda facultado para ingresar a la habitación, elaborar y suscribir un inventario de los efectos y equipaje del huésped y retirarlos de la habitación para dejarlos en depósito seguro y adecuado, sin responsabilidad del HOTEL y por cuenta y riesgo del HUESPED. 6.3.- Si el HUESPED no pagaré la cuenta o parte de ella, el HOTEL podrá disponer y vender el equipaje y objetos del HUESPED en los términos del artículo 1199 del Código de Comercio, para cubrir con su producto las obligaciones pendientes. El excedente si lo hubiere, será puesto a disposición del HUESPED. En caso de déficit, el HOTEL podrá iniciar las acciones correspondientes para conseguir el pago total de la suma adeudada.
7. VARIOS. 7.1.- Naturaleza jurídica del contrato. De conformidad con el artículo 79 de la ley 300 de 1.996, el contrato de hospedaje es un contrato de arrendamiento, de carácter comercial y de adhesión. 7.2.- El contrato de hospedaje se prueba mediante la tarjeta de registro hotelero que el HOTEL expide, aceptada por la firma del HUESPED, la cual hace constar que éste se adhiere a las estipulaciones aquí contempladas. EL HUESPED acepta expresamente que la suma líquida de dinero que conste en la factura, prestará mérito ejecutivo.7.3.- El HOTEL rechaza y no permite la explotación sexual ni cualquier forma de abuso sexual. El HOTEL rechaza y no permite el turismo sexual ni permite la explotación ni el abuso sexual de niñas, niños ni adolescentes. El HUESPED no podrá ingresar a su habitación menores de dieciocho (18) años de edad para el turismo sexual y quien lo haga incurrirá en pena de prisión de 5 a 10 años y multa de 50 a 100 s.m.l.m.v. Las penas señaladas en el inciso anterior se aumentarán hasta en la mitad (1/2) cuando las conductas se realizaren con menores de doce (12) años. 7.4.- Cargos por fumar en las habitaciones. Siendo consecuentes con el cuidado del medio ambiente y la salud, todas las habitaciones y en general todas las áreas del hotel son libres de humo. Fumar en la habitación o en cualquier otro espacio del hotel constituye un incumplimiento grave del contrato de hospedaje que da lugar a su terminación y podrá ser retirado del HOTEL si ha afectado a otros huéspedes, visitantes o usuarios. Si el HUESPED fuma en la habitación, por cada día que lo haga deberá pagar (i) el costo en el que debe incurrir el HOTEL para desodorizar y limpiar la habitación, que se estima en una suma equivalente a USD 100, liquidados a la tasa representativa del mercado del día del pago, y (ii) el valor de (2) noches a la tarifa correspondiente a su alojamiento, como quiera que el proceso de limpieza y desodorización implica que el HOTEL no pueda utilizar la habitación durante las siguientes dos (2) noches. Si fuma en cualquier área del hotel distinta de la habitación, deberá pagar el costo en que debe incurrir el HOTEL para desodorizar y limpiar el área en la que haya fumado, que equivale a USD 100, liquidados a la tasa representativa del mercado del día del pago. 7.5.- El HOTEL promueve el cumplimiento de la resolución 572 de 2005 y demás normas de conservación de Flora y Fauna así como la conservación del patrimonio cultural y de los bienes de interés cultural y contribuye y promueve el cumplimiento de la ley 397 de 1997 y demás normas aplicables. 7.6.- El HOTEL rechaza cualquier forma de discriminación, distinción, exclusión, restricción o preferencia por motivos de género, raza, color, origen nacional o étnico, religión, opinión político o por cualquier otro motivo o condición que tenga como propósito o que produzca como efecto deteriorar, restringir o limitar el goce completo de los derechos y libertades fundamentales.
8. ZONAS COMUNES. Los espacios y zonas comunes se encuentran cerradas para prevenir el contagio del COVID-19 según la resolución 749 de 13 de mayo del 2020 numeral 4.1
9.PROHIBICIÓN DE INGRESO. No podrán ingresar al establecimiento Botánico Glamping personas que al momento de su ingreso tengan temperatura mayor a 38 °C, que tengan síntomas gripales asociados al COVID-19. El uso de tapabocas es obligatorio al momento de su ingreso.
10. ACEPTACIÓN DE LA RESERVA Y PRESTACIÓN DEL SERVICIO DE HOTEL AL HUÉSPED. Solo podrán reservar en el HOTEL el HUÉSPED, estrictamente necesaria para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, y por supervivencia. según el decreto 749 de 28 de mayo del 2020 articulo 3 numeral 21. El HUÉSPED exonera de toda responsabilidad al HOTEL de quien no reserva bajo estas circunstancias y deberá reagendar una vez termine la emergencia sanitaria.
AVISO DE PRIVACIDAD. AUTORIZACIÓN USO DE DATOS E INFORMACIÓN. Al suscribir el presente contrato el HUÉSPED autoriza expresamente a la sociedad HOTEL, en su condición de operadora del HOTEL y a la sociedad Productos IDM SAS con NIT 901058188, para recolectar y utilizar la información y los datos personales suministrados por el HUÉSPED en la Tarjeta de Registro Hotelero tales como nombre, dirección, identificación, nacionalidad, fecha de nacimiento, dirección de correo electrónico, número de teléfono fijo y móvil o celular, preferencias e intereses personales, trabajo o actividad, de conformidad con las políticas de tratamiento seguro de la información establecidas por el propio Hotel y por las leyes vigentes con el propósito de realizar actividades de fidelización y contactar al titular de la información para enviarle encuestas de servicios luego de cada estadía que permitan la calificación del servicio prestado, y comunicarle las invitaciones, ofertas, promociones, portafolio de servicios o información general que este dirigida a que siga haciendo uso del Hotel o de otros hoteles que correspondan a “una experiencia Botánico Glamping” y a ofrecerle los servicios correspondientes. El HUÉSPED autoriza que la información sea transferida, transmitida, compartida y suministrada a la sociedad Productos IDM SAS, exclusivamente para los propósitos descritos previamente.
El HUÉSPED, en su condición de titular de los datos personales, gozará de todos los derechos de ley, de los expresamente descritos en el artículo 8º de la Ley 1581 de 2.012 y en particular tendrá derecho en todo momento a conocer, acceder, actualizar y rectificar sus datos personales, revocar la autorización concedida o solicitar la supresión de información cuando ello sea procedente.
Las políticas de tratamiento de la información podrán consultarse en la página https://www.botanicoglamping.com/ o en la recepción del HOTEL, donde reposa una copia física de ellas. La sociedad HOTEL y Productos IDM SAS como responsables del tratamiento pueden ser contactadas para todo lo pertinente al teléfono (57) 316 353 8000 o a la dirección de correo electrónico.
Medidas Generales de Bioseguridad
Las medidas generales de Bioseguridad son las indicadas para mitigar, controlar y realizar el adecuado manejo de la pandemia del Coronavirus COVID-19.
Garantizará el cumplimiento de una distancia mínima física de 2 metros, tanto en las filas de ingreso, y en todas las interacciones entre personas. Igualmente tendrá en cuenta las distancias definidas por las regulaciones que existan o sean emitidas referentes al sector económico o normatividad de las autoridades locales.
Entregará información sobre las recomendaciones del COVID-19, que alcancen el 100% del personal.
Garantizará la toma diaria de temperatura de los trabajadores, usuarios y/o clientes al ingreso y salida del proceso productivo o de servicio y, para ello, llevará un registro.
El resultado del tamizaje de temperatura no debe ser mayor o igual a 38 °C. De serlo, se aplicará protocolo de posible caso positivo, no se permitirá el ingreso del trabajadores, usuarios y/o clientes y se continuará con el acompañamiento por medio del flujograma de atención de un caso sospecho.
Mantendrá disponible y visible el instructivo de lavado de manos.
Ubicará puntos de hidratación estratégicamente con uso de vaso personal o desechable para fomentar la hidratación continua. Además, promoverá a los colaboradores la importancia de no compartir vasos con compañeros.
Realizará supervisión constante para la desinfección de los elementos y áreas.
Garantizará que sus partes interesadas cumplan el protocolo de bioseguridad al interior de la empresa.
Llevará un registro de identificación de proveedores y clientes (con algún dato de contacto como correo electrónico o teléfono) que sirva de referencia para las autoridades sanitarias en caso de que algún trabajador salga positivo para COVID-19, de modo que puedan rastrearse los contactos.
La empresa recomienda a todos sus empleados, usuarios y clientes la descarga y uso de la aplicación móvil Coronapp.
En caso de presentar algún síntoma relacionado con el COVID-19 comunicarse a las lineas 300-305-0295 #794 ó 123
Trabajadores:
Realizarán la autoevaluación de síntomas para que tomen las medidas de salud pertinentes antes de ir a trabajar.
Deberán mantenerse informados sobre las recomendaciones para evitar contagio del COVID-19.
Permitirán la toma la temperatura en la empresa al ingreso y al retiro de esta.
Cumplirán la distancia mínima física de 2 metros o la que defina la organización acorde a la legislación vigente.
Implementarán el lavado de manos con el protocolo definido por la empresa.
Practicarán la limpieza y desinfección de las áreas de trabajo.